mardi 26 août 2025

PLENO DE LA SUPREMA SUSPENDE POR 2 MESES A JUEZ ANTONIO ULLOA POR CHATS CON HERMOSILLA Y LE ABRE «CUADERNO DE REMOCIÓN»

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EL JUEZ ANTONIO ULLOA Y EL CORRUPTO "LUCHO" HERMOSILLA

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El Ciudadano

Justicia y DD.HH /Política /Chile /Portada / Pleno de la Suprema suspende por 2 meses a juez Antonio Ulloa por chats con Hermosilla y le abre «cuaderno de remoción» /  Ulloa admitió que le enviaba actas reservadas a Luis Hermosilla, en las cuales se incluían nombres de candidatos a cargos superiores en el poder judicial, y las votaciones que obtuvieron, entre otras informaciones, algunas de carácter reservado. 

El Ciudadano 25/08/2025  

 ANTONIO ULLOA, MINISTRO DE LA
CORTE DE APELACIONES DE STGO
 FOTO PODER JUDICIAL.

El pleno de la Corte Suprema suspendió por 2 meses al juez Antonio Ulloa, y ratificó la apertura de un cuaderno de remoción en su contra.


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Recordemos que recientemente, Ulloa admitió que le enviaba actas reservadas a Luis Hermosilla, en las cuales se incluían nombres de candidatos a cargos superiores en el poder judicial, y las votaciones que obtuvieron, entre otras informaciones, algunas de carácter reservado.

«Revisado los antecedentes y luego de haber escuchado, por supuesto, al abogado que representó al magistrado, se acordó a confirmar la decisión de suspensión pero rebajándola a dos meses. Hubo votos o prevenciones por tres meses y también por cuatro meses, manteniendo la propuesta o la sanción que había impuesto la Corte de Apelaciones. Pero en definitiva queda con dos meses de suspensión», señaló la vocera de la Corte Suprema, María Soledad Melo.

«En cuanto a la apertura de cuaderno de remoción, por mayoría de los integrantes de este tribunal se acordó abrir un cuaderno de remoción, el que tendrá la tramitación que establece la normativa constitucional y que en su oportunidad será revisado por el Tribunal Pleno», añadió la portavoz del máximo tribunal.

Finalmente, se explicó que «en la apertura del cuaderno de remoción, lo que corresponde es pedir informe a la Corte de Apelaciones, y se le pide informe, también, al mismo ministro. Son dos cosas distintas: la sanción administrativa es una situación, y lo que es la remoción no es una sanción, sino que es una facultad que tiene el tribunal, la Corte Suprema en este caso, establecida en la Constitución Política, que en atención a determinadas acciones, se puede remover a un miembro de la Corte de Apelaciones o de la Corte Suprema».

«No son procedimientos muy largos, porque se esperan los informes y después el presidente convoca a un pleno», concluyó la vocera María Soledad Melo.

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